¡CUIDAMOS DE TI Y DE LOS QUE AMAS!

A partir del 1° de octubre Cajacopi EPS recibe a 18.407 afiliados del régimen subsidiado en el departamento de La Guajira, asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social como resultado de la aplicación de la Resolución 1374 del 4 de septiembre de 2023 mediante la cual se establece una nueva metodología y distribución de la población entre las Empresas Aseguradoras de Planes de Beneficios en Salud (EAPB)

Los 18.407 afiliados recibidos corresponden en su totalidad al régimen subsidiado y están distribuidos geográficamente en el departamento de La Guajira y otros territorios por unificación familiar. El 52 % son mujeres y 48 % corresponde al género masculino.

Canales de atención

Para la nueva población asignada, Cajacopi EPS pone a su disposición los siguientes canales de atención:

* 198 oficinas de atención al usuario en todo el país

* Oficina virtual

* Página web: www.cajacopieps.com

* Chat web

* Línea gratuita nacional: 018000111446

* Correo electrónico pqr@cajacopieps.co

La normativa también establece que los afiliados asignados, luego de 90 días calendarios contados a partir del 1° de octubre, podrán escoger libremente y trasladarse a cualquier otra EPS que opere en el municipio de su residencia. Este traslado será efectivo a partir del primer día calendario del mes siguiente.

Se exceptúa de este plazo los siguientes casos:

* Cuando algún miembro del grupo familiar quede asignado en una EPS distinta a la del cotizante o cabeza de familia, evento en el cual se podrá solicitar el traslado de forma inmediata a la EPS en la cual se haya asignado el cotizante.

* Cuando los miembros de las comunidades indígenas soliciten el traslado de EPS o EPSI, una vez agotado el proceso señalado en el artículo 17 de Ley 691 de 2001: “Cada comunidad indígena, por el procedimiento que ella determine, y en acta suscrita por las autoridades propias, seleccionará la institución administradora de los recursos del sistema subsidiado, a la cual deberá afiliarse o trasladarse la totalidad de los miembros de la respectiva comunidad”.

En este caso, la EPS receptora deberá tramitar de manera inmediata esta novedad según los procedimientos vigentes, y será efectiva a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha del registro de la solicitud de traslado.

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